«El control social es el derecho y el deber de los ciudadanos a participar, de manera individual o a través de sus organizaciones, redes sociales e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados de acuerdo con lo establecido en la regulación aplicable y correcta utilización de los recursos y bienes públicos. El concepto ampliado lo brindan los artículos 60, 61 y 63 de la Ley 1757 de 2015».
MODALIDADES DE CONTROL SOCIAL
- VEEDURIAS ESE BCABJA
- CANALES DE DENUNCIAS
- CANALES DE ATENCIÓN
- ASOCIACIÓN DE USUARIOS
- COMITÉ DE ÉTICA HOSPITALARIA
ADQUISICIÓN Y CONTRATACIÓN INSTITUCIONAL
INFORMES DE GESTIÓN, EVALUACIÓN Y AUDITORIAS